El Senado aprobó la obra de la Escuela Secundaria para Pozo de Piedra

Durante la decimoquinta sesión ordinaria de la Cámara Alta presidida en la oportunidad por el vicepresidente del Cuerpo Oscar Vera, se dio luz verde al proyecto de resolución donde solicita al Poder Ejecutivo la construcción del edificio propio para el funcionamiento de la Escuela Secundaria Provincial N° 43 “Presidente Arturo Illia” ubicada en la localidad de Pozo de Piedra.

De acuerdo a la Orden del Día, el proyecto iniciado por el Senador belicho Jorge Solá Jais está destinado a dar respuesta a los vecinos a un pedido que se realizó el pasado 3 de agosto, cuando la Institución cumplió sus 25 años.

Al dar lectura a los fundamentos, el senador Ramón Edgardo Seco, manifestó que la localidad de Pozo de Piedra, se erige en medio de las estribaciones de la cordillera de San Buenaventura, en el extremo Sur del Cerro Culampajá, siendo “una bonita e irregular trama urbana donde conviven casi 1900 personas según el último censo nacional realizado en el año 2010”.

Asimismo, expresó que “Hace escasos días realizando una visita a Pozo de Piedra, las fuerzas vivas y las autoridades de la misma, plantean el esfuerzo que se está realizando para mantener a la juventud en distrito y la necesidad de tener una mayor infraestructura para incrementar la oferta educativa”.

Cabe destacar, que la Escuela Secundaria Pública Provincial N° 43 «Presidente Arturo Illia», tiene una matrícula de 125 alumnos, y podría extender su matrícula si se contara con el espacio correspondiente, considerando que dicha institución escolar, desde su fundación hace veinticinco años, funciona en las instalaciones edilicias de la Escuela Primaria N° 335 que es de jornada completa y tiene un Anexo Albergue, servicio que limita el uso de los espacios físicos por parte de la Escuela Secundaria.

Según el articulado aprobado, «obtenida la factibilidad de la obra, se solicita al Poder Ejecutivo Provincial la realización de gestiones, ante el organismo nacional pertinente, para obtener el financiamiento correspondiente con el objeto de realizar la inversión necesaria para la construcción del edificio».

Deja un comentario